COMPRAVENTA ENTRE FAMILIARES CON CRÉDITO INFONAVIT

Que tal.

 ¿El trámite entre familiares es permitido?

Por supuesto! (lo único que no se puede es entre esposos, en union libre no hay problema, sólo si estan casados por el civil).

Aquí en nuestra oficina han llegado varias personas, principalmente la madre y el hijo, diciendo que quieren hacer el trámite de compraventa de la casa. La madre quiere venderle la casa al hijo, por las razones que sean y para los fines que a ellos les convengan (muchas veces es sólo un medio para obtener dinero líquido para pagar alguna deuda, hacer alguna remodelación a la casa, más que simplemente venderle la casa al hijo).

Como nuestro trabajo es hacer bien las cosas, siempre sugiero un contrato de promesa de compraventa, en el cuál se establecen las condiciones en que va a ser hecha la compraventa y las condiciones de entrega de la propiedad. Con el contrato se resuelven temas como el PRECIO DE VENTA, la DEVOLUCIÓN de una parte en efectivo al COMPRADOR si la hubiere, las CONDICIONES Y FECHA DE ENTREGA en su caso. Pero es decisión de los clientes hacerlo o no.

También les informo que, por ser un asunto que involucra dinero, documentación y datos personales, necesito hacer un contrato de prestación de servicios, donde se establecen las reglas de cómo voy a hacer mi trabajo y los alcances de éste. De esta forma le doy tranquilidad a quien me contrata de que voy a llegar hasta el final y voy a llevarlos a firma de escrituras, voy dar seguimiento al pago de la casa y finalmente la entrega de la misma.

Pero por si te interesa hacer el trámite, hablemos del procedimiento:

Toda compraventa de una propiedad, debe de cumplir con ciertos requisitos para que se pueda lograr.

EL VENDEDOR debe presentar:
*Acta de nacimiento original.
*Identificación oficial (INE o Pasaporte vigente)
*CURP validada (es una nueva leyenda que aparece en las CURPs que ya se validaron y vincularon a un acta de nacimiento)
*COnstancia de situacion fiscal (es el documento oficial que da el SAT donde hace constar tu situación fiscal y tus datos correctos).
*Estado de cuenta bancario de un banco institucional, que reciba depósitos altos (las cuentas de nomina generalmente tienen bloqueos en el monto máximo de depósito) que tenga muy bien escrito el nombre y el RFC.
SI el vendedor es casado por bienes separados tambien hay que presentar:
*Acta de matrimonio original.
SI es por bienes mancomunados, tambien hay que presentar:
*Identificacion oficial de la esposa.
*Acta de nacimiento original de la esposa.

EL VENDEDOR debe tener los recursos para pagar los siguientes documentos:
*Deslinde certificado.
*Copia certificada de escrituras.
*Número oficial.
*Certificado de libertad de gravamen fiscal.
*Certificado de libertad de gravamen hipotecario.
*Aviso preventivo.

EL COMPRADOR debe tener los recursos para pagar :
*Avalúo certificado.

EL COMPRADOR debe presentar:
*Acta de nacimiento original.
*Identificación oficial (INE o Pasaporte vigente)
*CURP validada (es una nueva leyenda que aparece en las CURPs que ya se validaron y vincularon a un acta de nacimiento).
*Un recibo de nómina.

*Constancia de situacion fiscal (es el documento oficial que da el SAT donde hace constar tu situación fiscal y tus datos correctos).
*Calificación integral de su crédito de Infonavit.

SI el comprador es casado por bienes separados tambien hay que presentar:
*Acta de matrimonio original.
SI es por bienes mancomunados, tambien hay que presentar:
*Identificacion oficial de la esposa.
*Acta de nacimiento original de la esposa.

Ya que tenemos todo lo anterior, y el comprador nos firmó toda la documentación necesaria para solicitar el crédito, tu servidor mete el expediente a Infonavit y obtengo la carta de autorización para después llevar el expediente a la notaria designada.

Despues de esto le damos seguimiento hasta obtener la NOTIFICACION DE DESCUENTO. Es diferente al AVISO DE RETENCION que antes se sellaba y firmaba, ahora con la modernidad no es necesario sellar y firmar nada. El derechohabiente le entrega al encargado de estos trámites en su empresa la mencionada NOTIFICACION DE DESCUENTO, para que él a su vez se meta al PORTAL EMPRESARIAL DE INFONAVIT, para que valide el tramite dando el aviso a Infonavit que están enterados de que se va a hacer uso de un crédito y que estan por lo tanto dispuestos a hacer las retenciones pertinentes.

En cuanto el trabajador obtiene esa validacion (no tarda ni 5 minutos), es entonces cuando podemos citar a ambas partes a firma de escrituras.

Ya firmada la escritura, el siguiente paso es que Notaría manda el expediente a Infonavit a autorización del pago (se le llama firma intermedia a este paso).

Luego el expediente regresa a Notaría ya autorizado y Notaría desde su sistema hace la instrucción del pago y ya nomás es cuestión de monitorear la cuenta para que se vea reflejado el depósito y es todo!

Una vez recibido el pago la parte vendedora, es ahí cuando nos paga nuestros honorarios por haber hecho el trabajo. Nuestro pago NO es igual que si nosotros hubiéramos conseguido al cliente. Como el hecho es que llegan a la inmobiliaria ya comprador y vendedor y sólo nos necesitan para hacer el trámite, se cobra un monto fijo (llama o manda mensaje para preguntar a los datos que siempre pongo al final).

El tiempo que transcurre entre que se inicia el trámite y se recibe el pago por la casa, dependerá mucho de que ambas partes tengan los recursos suficientes para pagar la documentación requerida, ya que nuestra oficina no financia la documentación. Pero suponiendo que tienen todo el recurso (y la propiedad no tiene adeudos de ayua luz y predial) el trámite normal tarda entre 4 y 6 semanas. Puede tardar menos si se paga la certificación urgente del deslinde, (el deslinde es lo mas tardado de toda la documentación).

Nos gusta hacer bien nuestro trabajo. Puedes revisar lo que la gente opina de nosotros en el siguiente enlace:
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Atentamente
Alfredo López
Asesor Certificado de Infonavit

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