EXENTAR EL IMPUESTO POR VENDER UNA PROPIEDAD

Cuando se realiza una operacion de compraventa de una propiedad, tanto el que vende como el que compra, tienen la obligación de pagar IMPUESTOS.


La parte vendedora, debe pagar el IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR), y la parte compradora debe de pagar el IMPUESTO SOBRE ADQUSICION DE BIENES INMUEBLES (ISAI).

En el caso del comprador, no se puede excentar el pago, pero en el caso del vendedor sí. 

Las reglas para exentar impuestos son:


1.-Ser la primera propiedad que se vende en los ultimos 3 años.
2.-Comprobar que la vivienda fue usada como domicilio particular.
3.- La casa no excede un valor de venta de $4,376,000.00.

La manera en que se comprueba que la casa fue usada para domicilio particular, lo mas usual es:

*INE con el domicilio de la casa.

*Recibo de CFE a nombre del propietario y con el RFC con homoclave impreso en el.
*Algún estado de cuenta de algun banco o servicio, a nombre del propietario o algun familiar directo, con el domicilio de la casa que se está vendiendo.

A pesar de esto, si la propiedad a vender tiene terreno excedente, se paga un impuesto especial por el excedente nada más. No es muy alto, pero es una de las razones para pagar impuestos, la otra es que se tenga un precio de venta que sobrepasa lo mencionado.

Esperamos les sea de utilidad este dato. 

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